< trp-post-container data-trp-post-id='6216'>Inheritance tax

Tax advice

El impuesto sobre sucesiones lo pagan los beneficiarios tras el fallecimiento de una persona.

Se aplicarán las normas nacionales españolas si el fallecido y/o los beneficiarios no residen en España.

El importe a pagar por cada beneficiario puede variar en función de factores tales como:

– Relación entre el fallecido y el beneficiario (los familiares tienen asignaciones más elevadas que otras personas).

– Valor patrimonial

– Si se han realizado donaciones previas al beneficiario.

– Patrimonio preexistente del beneficiario.

Algunos beneficiarios están exentos del impuesto de sucesiones en caso de que el valor del patrimonio sea inferior a determinados umbrales. Sin embargo, existen variaciones entre las comunidades autónomas en esta materia (por ejemplo, los hijos, el cónyuge, los padres y los abuelos tienen derecho a 100 000 euros libres de impuestos en la Comunidad Valenciana).

Existe una escala impositiva progresiva que va del 7 % al 34 %.

La legislación española exige que los formularios del impuesto de sucesiones se presenten en un plazo de seis meses tras el fallecimiento; de lo contrario, se pueden incurrir en multas de entre el 5 % y el 20 %, dependiendo de la duración del retraso. Los retrasos se pueden evitar solicitando una prórroga de seis meses, que debe realizarse en un plazo de cinco meses tras el fallecimiento.

Tenga en cuenta que la normativa fiscal y los tipos impositivos cambian con frecuencia en España, por lo que esta información puede estar desactualizada. Por lo tanto, es muy recomendable que se ponga en contacto con nosotros para obtener la información más reciente.

Explora los siguientes temas para obtener más información sobre el proceso de herencia. […]