< trp-post-container data-trp-post-id='6186'>Residents in Spain

Tax advice

Si cumple con las normas de residencia fiscal, estará sujeto al impuesto sobre la renta, el impuesto sobre las ganancias patrimoniales y el impuesto sobre el patrimonio españoles. También estará sujeto a los impuestos locales y a la presentación del formulario 720 (Modelo 720) anual, en el que deberá indicar sus activos en el extranjero.

Como regla general, se considera residente fiscal en España si se da alguna de las siguientes circunstancias:

– Pasas más de 183 días en España en un año natural. Esta norma se aplica independientemente de si tienes un permiso de residencia formal o no. Estos días no tienen por qué ser consecutivos. Las ausencias temporales de España no se tienen en cuenta a efectos de la norma de los 183 días, a menos que se pueda demostrar que eres residente habitual en otro país durante más de 183 días en un año natural.

– Su «centro de intereses económicos» se encuentra en España, es decir, la base de sus actividades económicas o profesionales se encuentra en España.

– Su «centro de intereses vitales» se encuentra en España, es decir, su cónyuge vive aquí (y no están separados legalmente) y/o sus hijos menores dependientes también viven aquí.

Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI – SUMA)

Más información sobre este impuesto